La Ley 33/2021, de 2 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y gobierno, somete la actuación de la Administración pública al principio de transparencia, tal y como se prevé en el apartado 3 del artículo 72 de la Constitución del Principado de Andorra.

Este principio es un pilar fundamental en una sociedad democrática y plural, dado que no solo fomenta la integridad, eficacia, eficiencia y responsabilidad de las autoridades públicas, sino que también permite a la población formarse una opinión en relación con el estado de los asuntos de interés general.

Si bien el ordenamiento jurídico andorrano contempla obligaciones de transparencia en distintos ámbitos, como, por ejemplo, en relación con las normas de publicidad en materia de contratación pública, es necesario seguir ampliando y reforzando la transparencia de la actividad administrativa. Se trata de permitir una transformación profunda en la organización de las administraciones y su relación con la ciudadanía para fomentar el conocimiento de la actividad pública, la incentivación de la participación ciudadana y la mejora de la calidad de la información pública y de la gestión administrativa.

Se desarrolla el principio de transparencia a través del establecimiento de obligaciones de publicidad activa a cargo de las administraciones y entidades públicas y reconociendo el derecho de acceso a la información pública.